jueves, 3 de abril de 2008

Cartas al Director: La indefensión ciudadana ante el poder, “Represalia

‘Un hombre que pierda una batalla con el rey puede obtener el perdón, pero el hombre que le gane estará condenado’ (Ken Follet, Los pilares de la tierra)
El 6 de abril de 2007, Marlene Crespo García envió un escrito al jefe de estado de la República de Cuba, el entonces General de Ejército Raúl Castro Ruz, en cuyo asunto dice: “Un proceso penal violatorio de los principios éticos de la Justicia Revolucionaria”.
A continuación pasa a describir un conjunto de elementos y circunstancias que demuestran la no culpabilidad de su hijo, Carlos Denis Crespo, acusado como autor de un delito de Robo con Fuerza en las Cosas, que ni siquiera ocurrió.

Este proceso penal, plagado de principio a fin de contradicciones, tergiversaciones, oscuridades, omisiones, mentiras e irregularidades de todo tipo, iniciado por el sub teniente Rafael Saname del Departamento Técnico de Investigaciones (DTI), quien actuó movido por su notoria animosidad contra el joven.

El enconamiento de este amañado proceso, dirigido contra la persona y no contra sus actos punibles, se debe a que al mismo se sumaron altos oficiales del Ministerio del Interior, parientes y amigos íntimos de los falsos perjudicados.
En honor a la verdad, creemos que la reacción del Jefe de Estado fue al principio positiva, pues doce días después de enviado el escrito, Marlene Crespo recibió una citación oficial de la Fiscalía Provincial de Ciudad Habana, para que aportara los datos del caso con el fin de iniciar un Procedimiento Especial de Revisión, probablemente ordenado por la Fiscalía General de la República a tenor de lo dispuesto por el artículo 455 de la Ley de Procedimiento Penal.

En documento enviado por la Fiscalía Provincial, se le comunica a la quejosa que el Procedimiento sería archivado provisionalmente por no disponerse de la fecha de la firmeza de la sentencia por encontrarse esta recurrida; el 15 de octubre de 2007, el expediente regresa al Tribunal Provincial, quien lo entrega ese mismo día a la Lic. Claribel, de la Fiscalía Provincial de Ciudad Habana, obviamente para dar curso al Procedimiento Especial de Revisión, pero el veintiséis de octubre, CubaNet.org publica un artículo titulado ‘Resultando probado’, que evidentemente provocó la ira de las autoridades cubanas, ordenando la congelación del referido Procedimiento, en flagrante violación del artículo 458 de la citada Ley de Procedimiento, que dice textualmente: “Este trámite se efectuará en un plazo de noventa días contados desde el recibo de la solicitud”.

Hoy hace ciento sesenta y nueve días que la Fiscalía Provincial de Ciudad Habana tiene en su poder el expediente, y diecinueve meses que Carlos Denis Crespo fue encarcelado a pesar de su probada inocencia. Las autoridades cubanas no pueden alegar desconocimiento de este caso, pues se ha puesto en su conocimiento mediante no menos de treinta y cinco documentos escritos.

Debido al secretismo con que se manejan los asuntos turbios en nuestro país, no podemos sacar con claridad lo que sucede en este conflicto con las autoridades, quienes han mentido o ignorado el caso sistemáticamente; hay motivos para creer que detrás de esta represalia contra dos personas inocentes, está la mano todopoderosa y temible del Ministro del Interior, General de Cuerpo, Abelardo Colomé Ibarra.
José Alberto Álvarez Bravo, 01/04/2008”

No hay comentarios: