Ciudad de la Habana, 25 de agosto de 2008
A: Juan Escalona Reguera
Fiscal General de la República de Cuba
Señor Fiscal General:
Por medio de la presente, los abajo firmantes,
Jorge Luís García Pérez "Antúnez", natural de Placetas, ciudadano cubano mayor de edad con carne de identidad No.64101024387, ex preso político, y vecino de 7ma del Sur No.5 entre Paseo Marti y Primera del Este, Placetas, Villa Cara.
Vladimiro Roca Antúnez, natural de Ciudad de La Habana y ciudadano cubano, mayor de edad de estado civil casado, universitario, con carne de identidad No.42122102162, ex preso político y vecino de la calle 36 No.105, entre 41 y 43, Nuevo Vedado
Martha Beatriz Roque Cabello, natural de Ciudad de la Habana y ciudadana cubana, soltera, Licenciada en Economía, con carne de identidad No.45051602056, presa política del Grupo de los 75, con licencia extrapenal, y vecina de la calle Luís Estévez No.352 apto. 3 entre Cortina y Figueroa Santos Suárez, Municipio 10 de Octubre,
todos en pleno uso de nuestras facultades mentales, concurrimos ante Ud., como alto responsable de la observancia de la legalidad, para exponerle lo que a continuación relacionamos:
FUNDAMENTOS DE HECHO
1) Que como es habitual, los días 19, 20 y 21 de mayo próximo pasado fu transmitido el programatelevisivo "Mesa Redonda".
2) Que, refiriéndose a los programas antes mencionados, el periódico "Granma", Órgano Oficial deComité Central del Partido Comunista de Cuba, (que según el Artículo 5 de la Constitución de laRepública, es la fuerza dirigente superior de la sociedad y del Estado, que organiza y orienta losesfuerzos comunes hacia los altos fines de la construcción del socialismo y el avance hacia lasociedad comunista), publicó los días 20, 21 y 22 de mayo del presente año, bajo el título: "¿RescateJurídico o Instigación Criminal?, resúmenes de los documentos que fueron mostrados en el citadoprograma, así como partes de las intervenciones de las personas que participaron. A lo que ellosllamaron "pruebas", que consistían en: correos electrónicos, fotos, documentos escritos, partes deconversaciones telefónicas y videos que serian denominados "pruebas", amen de fragmentos de lasintervenciones de personas que participaron en esas transmisiones televisivas.
3) Tanto la intervención de la correspondencia, las fotos tomadas, las partes de las llamadastelefónicas, los documentos mostrados, y los videos, perseguían el objetivo de atribuir afirmantes, hechos delictivos relacionados -según explico el Ministro de Relaciones Exteriores
Pérez Roque, en Conferencia de Prensa el 22 de mayo, reciente- ..."con los resultados de una investigación sobre el terrorismo"
Todo lo anterior tuvo amplia cobertura publicitaria por televisión, radio y prensa plana.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
1) El artículo 57 de la Constitución de la República prescribe. "La correspondencia esinviolable. Solo puede ser ocupada, abierta y examinada en los casos previstos por la ley. Seguardara secreto de los asuntos ajenos al hecho que motivare el examen. El mismoprincipio se observara con respecto a las comunicaciones cablegráficas, telegráficas ytelefónicas".
Basta observar los videos de las "Mesas Redondas" en cuestión para constatar la violación de este precepto constitucional.
2) Se viola también la norma sustantiva contenida en el articulo 289 del Código Penal "Violación yRevelación del Secreto de la Correspondencia",, en sus incisos correspondientes. Además, el CódigoPenal condena igualmente al que "...con el propósito de perjudicar a otro o de procurar para sí opara un tercero un beneficio, revele un secreto que conoce a través de carta, telegrama, despacho ocualquier otra correspondencia no dirigida a el..." (Articulo 290.1)
3) El Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos de las Naciones Unidas, firmado por elcanciller cubano en Nueva York, en febrero pasado, no esta vigente aún en Cuba. No obstante, ydado que esa firma implica una voluntad y un compromiso del actual gobierno, con el propio puebloy la comunidad internacional, queremos dejar constancia de que, de estar en vigor se estaríaviolando también los artículos 2.1, 17.1 y 22.1.
Consecuentemente con lo expuesto en los Fundamentos de Derecho del Primero al Tercero, especialmente en los dos primeros, estos hechos revisten el carácter de delictivos y atribuibles, de acuerdo con la ley, a los ciudadanos: Randy Alonso, Lázaro Barredo Medina, Manuel Hevia, coronel Adalberto Rabeiro, Reinaldo Taladrid y Josefina Vidal Ferreiro. Todas estas personas intervinieron en el programa televisivo "Mesa Redonda", transmitidos los días 19, 20 y 21 de mayo, próximo pasado; así como, en la Conferencia de Prensa del 19 de mayo Todos son públicamente conocidos y ¡ocalizables, por lo que no es necesario añadir algún otro dato.
Sirva también la presente como denuncia ante esa Fiscalía para que proceda a abrir la investigación correspondiente que conduzca a la depuración de las responsabilidades que incumban a cada uno de los actuantes en los hechos descritos.
Sin más,
No hay comentarios:
Publicar un comentario