jueves, 25 de junio de 2009

¿QUÉ HACER ANTE UNA DETENCIÓN ILEGAL?


Al correo de la Asociación Jurídica Cubana llegó, de parte de varios lectores de nuestra sección, la siguiente pregunta: ¿Que puede hacerse ante una detención ilegal?

Nuestra Constitución, en su Artículo 58, prevé la posibilidad de que se produzca una detención ilegal, de ahí que en su formulación, el legislador exprese: “la libertad e inviolabilidad de su persona están garantizadas a todos los que residen en el territorio nacional. Nadie puede ser detenido sino en los casos, en la forma y con las garantías que prescriben las leyes”. Lo anterior se reafirma en la legislación penal, al normarse en la Ley de Procedimiento Penal, Ley 5 del 1977, el Procedimiento de Habeas Corpus.

¿Qué es el proceso de Habeas Corpus (de cuerpo presente)?

Es el proceso penal sumarísimo mediante el cual, toda persona que se encuentre privada de la libertad personal, fuera de los casos previstos en la ley o sin las formalidades y garantías que prevén la Constitución, debe ser puesta en libertad.

¿Cuándo se aplica?

- Cuando una persona sufra una detención ilegal, arbitraria, donde no se hayan cumplido las formalidades legales para privarlo de libertad.
- Cuando permanezca retenida por un plazo mayor que el establecido por la Ley, sin respetarles los derechos establecidos por la Constitución y el ordenamiento procesal.

¿Cuándo una detención es ilegal?

Cuando una persona es detenida por una autoridad o por un agente de la autoridad sin la formalidad de hacerle saber el delito que se le imputa y/o sin habérsele extendido el acta de detención correspondiente.

¿Cómo puede verificarse una detención ilegal?

Toda acta de detención debe constar en el libro del oficial de guardia de la unidad donde está detenida la persona. En ese libro han de constar: las generales del detenido, el motivo y las circunstancias en que se produjo o indujo al acto de detención, las generales de la autoridad o agente que la ordena, la fecha hora y lugar de la misma.

Mediante la interposición del procedimiento de Habeas Corpus, la persona detenida en esas condiciones será puesta a disposición de la autoridad judicial competente. En nuestro país, ante el Tribunal Provincial Popular que corresponda o el Tribunal Supremo Popular. Estas autoridades judiciales, a través de la articulación de un procedimiento objetivamente sencillo y rápido, accesible a todos los ciudadanos, resolverá las eventualidades producidas por las detenciones no justificadas legalmente.

Si usted conoce que una persona esta detenida ilegalmente, puede interponer ante la autoridad correspondiente el Procedimiento de Habeas Corpus.
ajudicuba@gmail.com

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